|
||||||||||||||
|
|
|||||||||||||
|
mensaje de la defensoría en la semana de la adopción responsable de animales domésticos Adopción responsable 03/05/2022 - En consonancia con la celebración del Día del Animal, la ley local 6032 instaló esta conmemoración con el propósito de realizar difusiones masivas de concientización e impulsar políticas públicas educativas que fomenten la empatía y promuevan la esterilización quirúrgica de todos los animales domésticos entregados en adopción responsable. Desde la Defensoría del Pueblo desean recordar el compromiso que asumieron con respecto al fomento de la convivencia responsable con los animales de compañía, a la coordinación de acciones para su protección y a la lucha entablada contra el maltrato animal a través de distintas líneas de acción y difusión. |
EMBLEMA DEL BARRIO
Nombre dado por Ordenanza N° 26.607, Boletín Municipal 14.288 del 04/05/1972. Límites: Av. Juan B. Alberdi, Escalada, Av. Castañares, Lacarra, Av Tte. Gral. Luis J. Dellepiane, Portela, Av. Directorio y Mariano Acosta. Población total: 54.191 Hombres: 25.484 Mujeres: 28.707 Superficie: 5,1 Km2 Densidad poblacional: 10.614 Hab/km2 (Censo del 1º de julio de 2001 ) |
||||||||||||
En este sentido, trabajamos sobre distintas líneas de acción: asesorando a los vecinos, acompañándolos durante las denuncias ante las fiscalías, gestionando denuncias, coordinando campañas masivas de esterilización y de atención veterinaria primaria y fortaleciendo vínculos con las distintas ONG´s proteccionistas y con reparticiones análogas de Argentina y de otros países. También llevamos a cabo campañas de difusión de derechos y promoción de la educación preventiva contra el maltrato animal y en el fomento de la convivencia responsable, a través de diversas instancias de monitoreo sobre el nivel de cumplimiento de la normativa vigente, que se traduce en la generación de nuevos procesos de conocimiento e iniciativa legislativa. Nuestro principal eje está puesto en el fomento de la educación preventiva; sobre este punto nos encontramos impulsando un proyecto de ley destinado a instaurar en todos los establecimientos educativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -públicos o privados-, de nivel primario, secundario y terciario una Jornada de Concientización sobre Tenencia Responsable de Animales de Compañía: necesidades básicas y prevención para avanzar en la erradicación del maltrato y la crueldad. Dicha iniciativa tramita en la Legislatura porteña mediante Expediente CABA-1049-F-2021.En esta semana tan especial, queremos transmitir el mensaje de que la convivencia con animales de compañía conlleva responsabilidades. El compromiso con el bienestar animal comprende gastos de manutención, mientras que los mayores costos lo conforman la alimentación y la atención médica veterinaria. Esta última cuestión repercute en los presupuestos familiares puesto que las atenciones por enfermedades de los animales no se encuentran contenidas en la órbita estatal y obliga a los responsables de animales de compañía a recurrir a la atención privada. Sobre esta cuestión, la Defensoría elaboró la recomendación 1050/21 a los fines del cumplimiento de la ley 4351, que tiene por finalidad el control poblacional de caninos y felinos domésticos y domésticos callejeros, también la sanidad de todo tipo de animales domésticos y domésticos callejeros. A tal efecto, a través de esta norma se crean en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires los Centros de Atención Veterinaria Comunal (CAV) y los Centros Móviles de Atención Veterinaria (CMAV) para garantizar la vacunación antirrábica, la guardia veterinaria, la atención ambulatoria de animales domésticos y domésticos callejeros y la realización de tratamientos antisárnicos, de esterilización, desparasitación y otras patologías de baja y mediana complejidad. |
||||||||||||||
|
||||||||||||||
Atento a las denuncias por falta de atención veterinaria y luego de haberse realizado las averiguaciones correspondientes, se recomendó al titular de la Agencia de Protección Ambiental de la Secretaría de Ambiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que arbitre las medidas necesarias para dar cumplimiento con lo previsto en el Capítulo III, arts. 6°, 7°, 8° y 9° de la ley 4351 e implemente la puesta en marcha de los Centros de Atención Veterinaria Comunal (CAV) comenzando por la Zona Sur de la Ciudad; zona que contiene mayor proporción de hogares que colaboran con el cuidado de animales de la calle o comunitarios y que presenta mayores ratios de perros por persona. Por último, queremos señalar que con el paso del tiempo, los animales de compañía se han convertido en integrantes de nuestras familias. Razón por la cual, resulta necesario que desde la gestión estatal se interprete esta necesidad de la ciudadanía, resultando necesario la puesta en marcha de políticas públicas que promuevan acciones de tenencia responsable, respeto, cuidado y bienestar de los animales y también que garanticen la transmisión de conocimientos básicos relativos a los derechos de los animales para la erradicación de su maltrato y crueldad. Fuente: Prensa Ministerio de Cultura de la CABA |
||||||||||||||
|
||||||||||||||